Ratifica la condena a dos años de cárcel al ex director comercial y absuelve a la empresa subcontrata Aresa
MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de la empresa semipública Defex -participada por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales- en una causa relacionada con corrupción vinculada a una serie de adjudicaciones del Gobierno de Camerún entre 2005 y 2013 a cambio de comisiones y sobornos a autoridades y funcionarios para el suministro de material de defensa y seguridad.
En una sentencia recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal del alto tribunal ratifica, no obstante, la condena a dos años de prisión al ex director comercial de Defex y al presidente de la empresa subcontratada Aresa Marine por un delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales en los negocios.
Por su parte, los magistrados estiman el recurso de casación que Aresa interpuso contra la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y declara su absolución en el proceso. Así, deja sin efecto la pena de multa 21.600 euros.
En febrero de 2023, la Audiencia Nacional absolvió a Defex tras el juicio por las adjudicaciones del Gobierno de Camerún, aunque condenó al ex director comercial por un delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales con la atenuante de dilaciones indebida. También le absolvió por presuntos delitos de falsedad documental, malversación de caudales públicos y blanqueo de capitales.
La Fiscalía recurrió la sentencia y reclamó que se mantuviera la condena para el ex director comercial por el delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, si bien solicitó que le impusieran también penas de seis años de cárcel por malversación de caudales públicos y un año y nueve meses por falsedad documental.
LA PRUEBA REALIZADA FUE "CLARA, DETERMINANTE Y RESOLUTIVA"
La Sala de Apelación emitió una sentencia posterior en la que consideró que la absolución del delito de malversación es plenamente coherente con el relato fáctico realizado como consecuencia de la valoración de la prueba realizada por la Sala, que consideró "clara, determinante y resolutiva".
Las defensas del ex director comercial y del presidente de Aresa, así como de la propia subcontrata, presentaron un recurso contra la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, solicitando su absolución.
En el caso del ex director comercial, el Supremo entiende que los "pagos verificados" y vinculados a éste estuvieron "tendencialmente dirigidos a conservar un contrato frente a futuras ofertas de cualquier competidor que pudieran contrarrestar su posición de ventaja", en línea con la sentencia de la Audiencia Nacional.
Respecto al presidente de Aresa, el alto tribunal no detecta "fisura alguna en la suficiencia probatoria o en la coherencia del discurso incriminatorio". "La exteriorización del iter discursivo del órgano decisorio no nos lleva a detectar, frente a lo que denuncia el recurrente, un discurso irrazonable, ilógico o contrario a las máximas de experiencia", añade.